martes, 26 de abril de 2011

Responsabilidad patrimonial. Consentimiento Informado.

  Sigo con entradas relacionadas con el quehacer sanitario y la doctrina del Tribunal Supremo. En este caso me detendré en la información necesaria para el enfermo, y en su consentimiento a la realización de pruebas o intervenciones que supongan una relación riesgo/beneficio a sopesar. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, ley básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, amplía el requisito del consentimiento informado no sólo a las intervenciones sino también a procedimientos diagnosticos y terapéuticos invasores y, en general, aplicación de procedimientos que supongan riesgos o inconvenientes de notoria y previsible repercusión negativa sobre la salud del paciente.

   Es doctrina constante y reiterada de nuestro Tribunal, en el sentido de que la falta de consentimiento constituye una mala praxis ad hoc, pero que no da lugar a responsabilidad patromonial per se si del acto médico no se deriva daño alguno para el recurrente, y así ante la falta de daño no parece relevante la ausencia o no del consentimiento informado, o la forma en que éste se prestara. Es decir, que la falta de esa información se considera como manifestación del funcionamiento anormal del servicio sanitario.

   Es necesario que el documento en que se presta el consentimiento por el paciente no constituya un simple documento de consentimiento informado genérico, sino que se adecue a las necesarias exigencias de concreción en cuanto a la específica intervención quirúrgica a la que aquel paciente va a ser sometido, y debe explicar si dicha intervención no garantiza la resolución total del padecimiento que sufra. De lo contrario, se le privaría de tomar la decisión que en uso de su autonomía y dignidad personal considere más oportuna. Lo mismo cabe para las pruebas diagnósticas en las que hay que informar de los riesgos que entrañan, y de las consecuencias que de las mismas puedan derivar.

   Al hilo de falta de apreciación en la realización de una adecuada información, sirva la Sentencia 1209/2011 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo en la que: "es preciso dejar sentado que el documento en el que se recoge el CI de la paciente, más concretamente su exclusiva firma, no recoge información alguna al aparecer las casillas en blanco...Sin embargo esta falta de información escrita habría sido suplida -así se dice en los recursos - mediante manifestaciones verbales, circunstancia que no acreditan de forma alguna pero que deducen de la relación existente entre la paciente y los facultativos que la atendían...,no puede entenderse satisfecha la exigencia legal del adecuado consentimiento informado pues no sólo falta toda indicación escrita de riesgos, alternativas y demás consecuencias que la intervención en cuestión podían suponer para la recurrente, sino que falta también toda justificación sobre la posible existencia de la adecuada información verbal, cuya acreditación corresponde a la Administración según la jurisprudencia uniforme de esta Sala, sin que pueda estar basada esa justificación en meras conjeturas..."

   Pues bien, con todo, estos ojitos míos han visto en pleno S XXI como un celador da a la familia el famoso papelito, mientras les espeta un castizo: "...y me firme uste aquí..."

   ¡Cosas veredes!

viernes, 15 de abril de 2011

Reformas y Crisis Económica.

  Sin saber de economía, voy a recurrir a la comparación entre las cuentas de una familia y las de un país. ¿Y por qué? Ya lo veremos...

   Si ha llegado el momento en el que los ingresos ( bajada de sueldo, apretón fiscal) son menores; y los gastos están aumentando -fíjense que digo están y no que han aumentado- ( sube el combustible, la electricidad, el IVA, el tabaco, las copas, la alimentación, y todo eso que es apretón fiscal e IPC, amén de los tipos de interés para mi hipotequita media de 120.000 pavos), ha llegado el momento de hacer balance en mi estado de bienestar,o sea, en cómo vivo.

   Si tengo capacidad de ahorro, y quiero seguir viviendo exactamente igual, no hay mayor problema. Ahorro menos y punto.

   Un inciso: mi estado de bienestar es el siguiente: como o ceno fuera de casa un par de veces al mes, cervecitas un día a la semana, una vez al cine al mes, 12 cigarritos/ día hasta que deje de fumar, clases particulares de los niños, la señora de la limpieza, alimentación e higiene de capricho, un viajecito cada 4 meses, teléfonos e internete, tv de pago, gimnasio, dinerito para chucherías de los niños, seguro médico privado, algo de ropa o calzado "en vez en cuando", etc.

   Dejo aparte lo que llamo gasto comprometido, a saber: trampas de hipotecas, coche y muebles; alimentación e higiene no de capricho, clases obligatorias de los niños, mantenimiento de la casa y coche; seguros varios; electricidad, gas y gasolina; impuestos tipo IBI o IRPF; ropa o calzado obligatorio; etc.

   Dejando aparte que pueda tocarme la lotería, si ya me he comido mi capacidad de ahorro, o lo que es peor, nunca la he tenido, he llegado a lo que se llama: TOY EN CRISIS ECONÓMICA. ¿Qué hago? Pues tengo dos opciones: si quiero mantener mi estado de bienestar no me queda otra que pedir dinero prestado, con lo que aumentaré mi gasto comprometido y...ay... aumentará mi crisis con el tiempo. La otra opción está clara: disminuir mi estado de bienestar. Y aquí quería yo llegar.

   ¿Por dónde recorto? Si dejamos esa facilita de dejar de fumar y el gimnasio y la tele de pago, entramos ya en un terreno complicado, con cositas que nos han costado mucho tener y de las que no queremos prescindir.

   Pues así estamos, amigos. Mejor dicho, así deberíamos estar y no pidiendo dienero prestado.

   Quiero llegar aquí porque nuestro Estado de Bienestar se muere. O cambia, si prefieren verlo así. No queda otra. Ya sé que muchos de ustedes piensan que, en realidad, estoy partiendo de una premisa falsa cual es dar por consolidado el gasto comprometido, y sé también que muchos de ustedes piensan que ahí habría que atacar. ¿Cuál es nuestro gasto comprometido? Administraciones Públicas multiplicadas, Autonomías, un Universo de cargos políticos, otro Universo de Instituciones Públicas, una Deuda qué es algo más que una hipotequita media, etc, etc.

   Esto es lo que hay, como en cualquier familia. O jodemos el Estado del Bienestar, o atacamos nuestro Gasto Comprometido. Si ustedes lo piensan por un momento, esto no es ni izquierda ni derecha ideológica. Es, simplemente, sentido común.

   Buen fin de semana.

martes, 12 de abril de 2011

Responsabilidad patrimonial. Pérdida de oportunidad.

   He decidido abrir una línea de entradas con jurisprudencia del Supremo, sobre temas de interés -espero-.

  La responsabilidad de las administraciones públicas es objetiva al residenciarse en el resultado antijurídico. En el ámbito sanitario constituye una obligación de medios, no exigiéndose a los servicios públicos de salud más que una actuación correcta y a tiempo, conforme a las técnicas vigentes en función del conocimiento de la práctica médica.

   Nuestra jurisprudencia - creo desde 2005- denomina "pérdida de oportunidad", a una privación de expectativas que se concreta en que basta con cierta probabilidad de que la actuación médica pudiera evitar el daño, aunque no quepa afirmarlo con certeza para que proceda la indemnización, por la totalidad del daño sufrido, pero sí para reconocerla en una cifra que estimativamente tenga en cuenta la pérdida de posibilidades de curación que el paciente sufrió como consecuencia de ese diagnóstico tardío de su enfermedad, pues, aunque la incertidumbre en los resultados es consustancial a la práctica de la medicina (circunstancia que explica la inexistencia de un derecho a la curación) los ciudadanos deben contar frente a sus servicios públicos de la salud con la garantía de que, al menos, van a ser tratados con diligencia aplicando los medios y los instrumentos que la ciencia médica posee a disposición de las administraciones sanitarias.

   La definición está tomada de Sentencia del TS, Sala de lo Contencioso, recurso de casación, nº de recurso: 863 / 2008.

   La cuestión es de la mayor importancia, por cuanto podemos deducir dos rápidas conclusiones:
   1º) No siempre algo no hecho, o hecho a destiempo, va a conllevar el pago de la indemnización sino que habrá que sopesar si ello influyó en el resultado dañoso, concretado aquí en esa pérdida de oportunidad de una mejor curación para el paciente.
   2º) Ese "basta con cierta probabilidad" quedará al juicio de su Señoría a la vista, lógicamente, de las pruebas presentadas, y moderará el importe de lo reclamado.

  
   Por otra parte...¿Cómo veis el madrid-barsa del próximo sábado? ¿Con cierta probabilidad para el Madrid...?

   Buenos días.

martes, 5 de abril de 2011

¿Por una Ley de Maldad Sostenible?

  Así es, amigas y amigos. Esta es mi propuesta de hoy mismo, de este interín. Razonémosla.

   Un absoluto desprecio por el esfuerzo unido a un "ansia infinita" (no de paz, no) sino de dinero; un "nos interesa que haya tensión" unida a un revisionismo histórico basado en la contienda y el enfrentamiento; una apuesta delirante por I+ D+I...en ladrillos y cemento; un si acaso unas risas por pudor ante una corrupción "casi" generalizada; una "conjunción planetaria" entre el peor gobernante desde Fernando VII y - probablemente - el peor jefe de oposición; unos medios de comunicación sesgados en su ideario bajo el amparo de un desempleo atroz en nuestros periodistas; una Justicia - ay - que no parece sino que fueran varias por momentos; una agobiante moda de delirio político de fino acabado; un arte español sostenido por Torrente, el del techo de la ONU en Ginebra y la Baronesa Thyssen; unos jóvenes que no pueden ser hombres en un 45 %, subsistiendo gracias a hombres que no pudieron ser jóvenes; un galopante "des" ante esperanza, encanto, naturaleza, confianza; y una democracia que desde finales del XVIII ya va necesitando una manita de pintura.

   ¿Y qué tenemos ante todo lo anterior? ¿Cómo sobrevivir a esa nada inmisericorde?

   Tenemos la ternura de nuestros seres queridos, nuestro buen hacer cotidiano, la honradez en nuestros actos, la sonrisa ante los demás y la risa de uno mismo; y aunque no seamos norteamericanos: "la búsqueda de la propia felicidad".

   ¿Entonces, qué nos hace falta?

   Una Ley de Maldad Sostenible, y que se cumpla y haga cumplir por nuestro Rey y sus Jueces. Necesitamos una caterva de políticos de maldad tolerable. Ese es el tratamiento que necesita este país.

   Votemos, pues, en esas próximas elecciones por políticos que legislen en tal sentido; pongamos nosotros la palabra democracia y ellos la de "representativa". ¡Represéntenme!

   ¿Cómo dices...? Vaya, no había caído en que quizás..., no haya.